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DERECHO CIVIL, FAMILIA Y SUCESIONES

El Derecho Civil regula las relaciones personales o patrimoniales entre las personas naturales o jurídicas, regula los conflictos cotidianos que surgen de la convivencia entre los ciudadanos. Hemos participado en la solución de complicados casos sucesorios, en complejos casos de propiedades y hemos asesorado a empresas y particulares en la constitución de garantías en sus operaciones. En general, el área Civil constituye uno de los pilares de nuestro Estudio y abarca las siguientes disciplinas:

Acto Jurídico: Temas de representación, interpretación y modalidades de actos jurídicos, simulación, fraude, vicios de la voluntad, nulidad del acto jurídico, etc.

Familia: Divorcios, separación de cuerpos, Invalidez del matrimonio, declaración de convivencia, liquidación de sociedad de gananciales, separación de patrimonios, adopción, filiación extramatrimonial, patria potestad, tutela y curatela.

Sucesiones: Petición de herencia, declaración de Indignidad, desheredación, legados, albaceas, revocación, caducidad y nulidad de los testamentos, colación, indivisión y partición de herencia.

Derechos Reales: En asuntos de adquisición y conservación de la posesión; mejoras; defensa posesoria; desalojos; prescripción adquisitiva; copropiedad; usufructo; servidumbre. Incluye esta rama todo lo referente a garantías reales como la prenda, anticresis, hipoteca o derecho de retención.

Obligaciones: de dar, de hacer, de no hacer; cesión de derechos; pago indebido; compensación; condonación; transacción; inejecución o ejecución defectuosa de obligaciones, embargos, etc.